20/03/2017

Otorgan prisión domiciliaria al genocida Miguel Kearney

Difundimos:

Por HIJOS La Plata

Domiciliaria al genocida Miguel Kearney

«EL INGLÉS» SE VA A CASA

Había sido condenado a perpetua en 2012. El TOF 1 de La Plata le otorgó la domiciliaria basado exclusivamente en informes penitenciarios. La mayoría de los represores procesados y condenados del Circuito Camps gozan del beneficio de la domiciliaria.

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El comisario retirado de la Policía bonaerense Miguel Gerónimo Kearney, alias «el inglés», fue jefe del Destacamento policial de Arana entre el 8 de febrero de 1977 y el 17 de enero de 1979, por donde pasaron más de 270 compañeros y compañeras detenidos ilegales entre abril del ’76 y marzo del ’78. Kearney estuvo preso varios días en 1987, y fue un beneficiario de la ley de Obediencia Debida. Hay más de 18 casos probados de la «causa 44» y 9 casos en la «causa 13», de personas que estuvieron privadas ilegalmente de la libertad, varias de ellas desaparecidas, mientras «El inglés» ejerció la jefatura del Destacamento. En septiembre de 2000 fue citado a declarar en el Juicio por la Verdad, pero se negó a prestar testimonio, no sin antes aclarar ante los jueces que él «no estaba a cargo», contradiciendo lo dicho por varios ex detenidos en audiencias anteriores. Existen altas probabilidades que los desaparecidos de Arana, hayan sido víctimas de asesinato, quemados en las propias narices de Kearney, para luego ser depositados en lo que se denominó «capacha». De hecho en abril de 2008 el Equipo Argentino de Antropología Forense informó el hallazgo de 10 mil fragmentos de restos óseos humanos calcinados en una fosa común sobre el patio exterior del destacamento. Pese a ello aún sigue funcionando como dependencia policial y nunca fue desalojado.

Cuatro años más tarde, en diciembre de 2012, «El Inglés» fue condenado a prisión perpetua por ser responsable de los homicidios de Guillermo Abel Almarza, Graciela Beatriz Sagués de Perdighé, Héctor Federico Bacchini, José Roberto Bonetto, María Adelia Garín de De Ángelis, Silvia Amanda González de Mora, Juan Carlos Mora y Carlos Francisco Simón, más 36 casos de secuestros y aplicación de tormentos, por hechos ocurridos en los Centros Clandestinos de Detención que operaron en la Brigada de Investigaciones La Plata y en el Destacamento de Arana.

El pasado 8 de marzo el Tribunal Oral federal 1 de La Plata resolvió otorgar la domiciliaria al represor condenado en la casa de su hija en calle San Martín N 40 de la pequeña localidad de Mechita, en el partido de Alberti. Con voto en mayoría de Germán Castelli y Alejandro Esmoris, y disidencia de Pablo Vega que se opuso a otorgar el beneficio, los jueces lo envían a su casa basándose exclusivamente en informes penitenciarios y porque su sola edad lo ameritaría.

La resolución fue el final de un largo recorrido del expediente donde, como en caso de Miguel Etchecolatz, pese a haber informes médicos en contra de la morigeración de la prisión, los jueces eligen el fácil camino de que los represores se cuiden solos en su casa.

Habiendo sido anteriormente negado el pedido de domiciliaria por el TOF 1, los abogados de Kearney recurrieron a Casación, y en agosto de 2016 la Sala I de esa cámara resolvió que el TOF 1 emita una nueva resolución sobre la procedencia del arresto domiciliario. Entonces el tribunal platense ordenó al Cuerpo Médico Forense de la Corte Suprema realizar un informe médico que establezca si la situación de salud de Kearney.

En noviembre pasado, y antes de concretarse el informe, el reo sufrió una descompensación en la Unidad 31 de Ezeiza y fue internado en el Sanatorio Urquiza de Quilmes y derivado al Medical Center de Avellaneda. Luego, un primer informe el CMF determinó que padece una afección cardíaca con «bloqueo A-V de tercer grado» y se había previsto colocarle un marcapasos. Una vez dado de alta y vuelto a Ezeiza, el CMF le realizó un segundo informe donde afirman que «se le ha colocado un marcapasos definitivo y presenta un ritmo de frecuencia 77 x’ y captura del 100%» por lo cual su situación «no se ajusta a ninguno de los supuestos contemplados» en la ley que otorga el beneficio de la domiciliaria.

Acto seguido el abogado de Kearney, Gastón Barreiro, se quejó de que la Unidad de Ezeiza no tiene área de cuidados coronarios que precisa el reo. Por su parte el TOF 1 lo hizo comparecer en persona en febrero pasado, donde afirmó ante el juez Castelli que «estuve en arresto domiciliario desde abril de 2007 hasta el año 2012, no tuve ningún incumplimiento, y se me revocó mientras se efectuaba el juicio». Además reconoció que hace dieta, se maneja solo y sin apoyo de nadie, y su familia le alcanza los medicamentos. Con posterioridad un informe del médico Martín Sala de la Unidad 31 de Ezeiza afirmó que «la evolución de sus patologías no se ven favorecidas en el ámbito carcelario», y los fiscales Rodolfo Molina y Juan Martín Nogueira volvieron a mostrar la hilacha: pidieron al Servicio Penitenciario que informe si en alguna unidad hay cuidados coronarios, y en caso de negativa que no se oponían a la domiciliaria.

Es interesante desandar el voto de los jueces. Castelli se remitió a sus opiniones en fallos anteriores como subrogante del TOF 5 de CABA y ahora como subrogante del TOF 1, donde concedió varias domiciliarias a represores como Edgardo Mastandrea, Rafael Mariano, Miguel Almirón y el mismísimo Miguel Etchecolatz. Allí opinaba que ya la cuestión de la edad, ser mayor de 70, es requisito autónomo para conceder el beneficio y en este caso «la edad del imputado (80 años) y los problemas de salud descriptos, habilitan, en principio, la concesión del arresto domiciliario». Y agregó que como ya estuvo con domiciliaria en instrucción de la causa y no la incumplió, no demuestra riesgo de fuga. Cita el Dr. Castelli que el médico penitenciario desaconsejó la continuidad del reo a la sombra, pero olvida que el CMF, órgano pericial oficial de consulta en estos casos, afirmó que controlada su cardiopatía Kearney no se ajustaba a la ley para obtener el beneficio, esto es tener una enfermedad terminal o necesitar controles permanentes y complejos. Una vez más, como en con Etchecolatz en julio pasado o como con los represores de la marina en noviembre de 2015, Castelli vuelve a reconocer «que el Servicio Penitenciario Federal no resulta el lugar más adecuado para asistir graves patologías en condiciones dignas». Pero resulta que olvidamos con tal afirmación que se trata de un criminal de lesa humanidad, condenado al máximo de la pena posible, y que lo está enviando a una casa en una localidad de 1.800 habitantes con una salita de medicina general y atención ambulatoria, a 17 kilómetros del hospital de complejidad media más cercano en Alberti. En su voto el Dr. Esmoris se esforzó a coincidir con Castelli en cinco líneas en un rotundo «en lo sustancial me adhiero». Sólo el Dr. Vega llevó un poco de justicia a los fundamentos al decir que el Tribunal 1 debía volver a fallar porque Casación había pedido nuevos informes de Kearney al CMF, los cuales fueron realizados y arrojaron que «su situación no se ajusta a ninguno de los supuestos contemplados» en la ley para excarcelarlo, y que en todo caso está la alternativa de alojarlo en el Hospital Penitenciario de Ezeiza.

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Claramente la situación de otorgamiento de domiciliarias a los represores no pasa por una discusión médico leguleya. A 41 años del golpe genocida el proceso de los juicios a los represores de la última dictadura está estancado. Trece años después de anuladas las leyes de impunidad y en 10 años de juicios orales, sólo se ha condenado a 737 represores, un 38% del total de procesados. Además el 40% de los represores con causas abiertas (más de 520) gozan del beneficio de la prisión domiciliaria, otorgadas en su mayoría durante el gobierno de los Kirchner.

El año pasado comenzó a darse un festival de recursos de parte de los abogados de los represores, donde abundan no sólo los pedidos de domiciliarias, sino de salidas a estudiar, a casarse, a visitar parientes y hasta de vacaciones. Esto marca lo que se viene: el otorgamiento masivo de domiciliarias tanto a procesados como a condenados, con el argumento falaz de la «razón humanitaria» o porque directamente el Estado abandona su responsabilidad de custodia y atención médica a los represores. Lo dijimos en los juicios en que somos querella y lo volvemos a decir en esta plaza: exigimos cárcel común, perpetua y efectiva a todos los genocidas, para que los procesos no se transformen en una farsa de justicia.

En La Plata quedan por juzgarse importantes causas referidas a los crímenes cometidos en las Brigadas de Investigaciones de Lanús, Quilmes, Banfield y San Justo. También las causas referidas a los CCD de 1 y 60, el accionar del Regimiento 7 y las residuales de Comisaría 5ta, Arana y Brigada de Investigaciones. La mayoría de los procesados en esas causas goza de una tranquila estadía en su casa.



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