16/03/2017

Reynaldo Bignone sentenciado a prisión perpetua en la causa conocida como Colegio Militar

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La justicia federal procesó por primera vez al último presidente de facto Reynaldo Bignone en 1984. Fue imputado por los casos de Luis Pablo Steimberg y Luis Daniel García, dos jóvenes militantes del Partido Comunista que desaparecieron a mediados de agosto de 1976 cuando realizaban el servicio militar obligatorio en el Colegio Militar de la Nación de la localidad de El Palomar. La causa pasó al fuero del Ejército y no avanzó debido a que no tuvo sentencia hasta que se anuló por las leyes de obediencia debida y punto final. Hoy, más de 30 años después, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal 1 de San Martín sentenció a Bignone junto a otro acusado a prisión perpetua y a tres implicados más a penas menores por delitos contra seis víctimas -dos de ellas, Steimberg y García- en la causa conocida como Colegio Militar. Y también condenó a perpetua a un ex integrante de un grupo de tareas por crímenes contra otras seis personas que pasaron por el centro clandestino de Campo de Mayo apodado El Campito. «Por más que ya tenga siete condenas diferentes, está es la causa por la que más se lo busco a Bignone. Después de tanta lucha de alguna manera se hizo justicia”, dijo uno de los abogados querellantes, Pablo Llonto, en diálogo con ANRed. Por Sebastian Weber y Emiliano Biani, para ANRed.


La sala de audiencias de la calle Pueyrredón en San Martín se encontraba llena antes de que entren los jueces. Por un lado se encontraban los familiares y allegados de las víctimas, y por el otro los que acompañaban a los acusados. En este último grupo, dos mujeres se aferraban a un rosario mientras entraban los integrantes del tribunal. La jueza Marta Isabel Milloc inició la sesión y preguntó a los acusados si querían decir unas últimas palabras antes del fallo. El único que quiso hablar fue Alberto Federico Torres, ex jefe de compañía del Colegio Militar en 1976. Dijo que no había pruebas que lo incriminaran y que la causa arrastraba perejiles y él era uno de ellos. Finalizó su discurso y miró a los jueces para pedir su absolución. Los otros acusados decidieron no hablar: Santiago Omar Riveros, ex comandante de Institutos Militares; Carlos Eduardo José Somoza, civil de Inteligencia del Batallón 601; Jorge Teodoro Alvarado, jefe de compañía del Colegio Militar en 1977; Hugo Miguel Castagno Monge, gendarme jefe del Centro Clandestino de Detención El Campito de Campo de Mayo; Mario Rubén Domínguez -apodado «Escorpio”-, suboficial del Ejército del grupo de tareas que actuaba en El Campito; todos ellos se callaron. Bignone, ex director del Colegio Militar en ese entonces, no acudió a la audiencia por un pedido de la defensa que argumentó que el acusado no pudo asistir por problemas de salud.

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Luego de las palabras de Torres, el tribunal compuesto por la presidenta Milloc y los jueces María Lucía Cassain y Diego Gustavo Barroetaveña, dieron un cuarto intermedio para debatir el fallo. Todos los familiares y amigos de las víctimas fueron a esperar a un bar en la esquina de Pueyrredón y San Lorenzo. Mientras tanto en la puerta del juzgado, cortaron la calle y armaron una radio abierta debajo de una carpa de la Secretaría de Desarrollo Social de la municipalidad de San Martín. Ahí se encontraban también la asociación Seré por la Memoria y la Vida de Castelar, Comisión Vesubio y Puente 12, la Comisión por la Memoria de Zona Norte y el diputado nacional por Buenos Aires del Peronismo para la Victoria Leonardo Grosso. A las doce y media, no había más lugar en la sala y Milloc leyó el veredicto: de los seis acusados presentes, solo Torres se quedó dentro del recinto para escucharlo. Bignone, Riveros y Domínguez recibieron la pena de prisión perpetua. Somoza fue sentenciado a 15 años de prisión, Castagno Monge a 11, Torres a 5 y Alvarado a 3. Cuando terminó la lectura, los familiares aplaudieron y entonaron: «Como a los nazis les va a pasar, a donde vayan los iremos a buscar”. Y recordaron a los «30 mil compañeros desaparecidos”.

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En la causa Colegio Militar, tres de las seis víctimas sobrevivieron a los secuestros y las torturas: Sergio Omar García, Hugo Néstor Carballo y Néstor Britos. Steimberg, Luis García y Mario Vicente Molfino continúan desaparecidos, pero los fiscales de instrucción consideraron que fueron asesinados. Sus casos son relatados por el ex capitán del Ejército José Luis D»™Andrea Mohr en su libro El escuadrón perdido. Allí contó la historia de 129 conscriptos que desaparecieron a manos del terrorismo de estado con un plan sistemático: declararlos «desertores”. En el Colegio Militar de la Nación anotaron las deserciones de Steimberg, García y Molfino. Sin embargo, según las planillas de la institución militar, los jóvenes continuaban percibiendo haberes del servicio. «Que tremenda falacia, que gran mentira decir que fueron «˜desertores»™ aquellos que fueran asesinados o arrojados vivos al mar por quienes juraron «˜defender la patria»™”, expresan en el prólogo de la obra de Mohr dos de los padres de las víctimas, Jaime Steimberg y Wenceslao García.

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La causa de las seis personas que estuvieron en El Campito es conocida como «2948”. Iris Pereyra, Beatriz Castiglione, Eduardo Covarrubias, Juan José Fernández, Diego Muniz Barreto y Marilú Obreque Valenzuela estuvieron a cargo del IV Cuerpo del Ejército que tenía su sede en Campo de Mayo. Dos de las víctimas, Muniz y Fernández, fueron llevados un día al kilómetro 126 de la Ruta Nacional 18, a la altura de la provincia de Entre Ríos. Con la orden del represor Rafael López Fader y la dirección del suboficial Domínguez, les dieron un tranquilizante a los dos hombres y los tiraron dentro de un Fiat 128 al río Paraná. Intentaron simular un accidente. Muniz murió ahogado. Pero Fernández sobrevivió. Nadó y caminó hasta que lo encontró la policía: declaró que había tenido un accidente para que no lo reconozcan nuevamente. Después, dejó su historia certificada por escrito y se exilió en Europa hasta su muerte. Su declaración se usó como prueba durante el debate judicial.

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Domínguez fue condenado a prisión perpetua por privación ilegítima de libertad y por homicidio. Pero el tribunal lo absolvió en los cargos por tormentos. Cuando terminó la audiencia, los familiares de las víctimas y la querella decían que era contradictorio porque no puede haber un secuestro sin torturas. «Vamos a apelar las penas bajas y a esperar a los fundamentos de la sentencia”, concluyó Llonto. La lectura será el 16 de mayo de este año en la misma sala.



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